Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 141669
  • Autor : ilianave
  • Consultas en Foro: 10
  • Respuestas en Foro: 3075
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 257884

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Para promover en el juicio de divorcio, una vez que ya haya regresado el expediente del Archivo, se tiene que notificar a ambas partes del juicio, esto es, actor y demandado.

    Pero como ya falleció una de las partes entonces tienen que notificarle al representante de la sucesión del finado.

    Por lo tanto, esto no es obstáculo para que pueda regresar el expediente del Archivo General y lo pueda consultar tu madre, puesto que la notificación a las partes se realiza posterior a la llegada de los autos al Juzgado y finalmente lo que les interesa es saber el resultado del juicio o no?

    Probablemente no entendiste bien lo que te dijo el abogado, pero esas dudas debes consultarlas con el abogado en el momento de la consulta o de nada sirve contratar a alguien si no te puede solventar las dudas que tengas...