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AutorRespuesta No: 258057
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Fecha de respuesta: Martes 13 de Marzo de 2012 21:57 2012-03-13 21:57 desde IP: 189.179.88.251
Lic. Ulloa;
Coinsidimos en que no existe ningun tipo de duda en que la Francesa ES UNA DELICUENTE EN POTENSIA O LO QUE ES UNA SECUESTRADORA, ello se encuentra plenemente demostrado dentro de actuaciones del proceso penal, lo que he dicho es que todas esas actuaciones se encuentran posteriores a una que resulta ilegal, por lo que aunque a usted y a mi no nos quede duda de la culpabilidad de la delincuente de marras, para el legislador que realizo el fundamento legal, dichas actuaciones que vienen posteriores al acto ilegal, deviene endebles y faltos de los principios del derecho, y es por lo anterior que el suscrito colige que NO ES CORRECTO PROPONER UNA CUESTION DE FORMA VS UNS DE FONDO, ya que tanto la forma como el fondo no deben pelear entre sí, sino deben acompañarse (segun el legislador); dicho de otro modo repito, el hecho de que tengamos pleno el acreditamiento de la responsabilidad de la quejosa no implica que debamos sopesar entre el acreditamiento de la culpa y la violacion al proceso, como lo fue la falta de comunicación y/o presencia del consul NO EN SU DECLARACIÓN SINO PREVIO AL ACTO POR VIRTUD DEL CUAL SE RESERVO SU DERECHO A DECLARAR, es por lo que es ese tenor debemos arribar a la conclusión de que cualquier acto juridico que este posterior a un acto cualesquiera que sea ilegal o no cumple con los requisitos de forma, resulta no apto para quedar consentido.
Le reitero que no niego que el hecho de que con su criterio, ciertamente dicha delincuente solamente gozaría del beneficio de la restitución de la mera actuación, convalidando y legalizando con ello de forma automatica los actos posteriores a aquel tildado de informal, y es claro que con ello se lograría la pena del delincuente, pero reitero a costa de permitir que durante algun tiempo perduraran actos que deviene ilegales por el simple hecho de ser posteriores a uno informal o igual ilegal.
Lo que e tratado de decir es que si queremos que la Justicia tenga un cambio, pues no seamos objeto del cambio pretendiendo enmendar y/o reponer una diligencia, mejor seamos objeto de la transición y pretendamos la invalidez de los actos ilegales, y si todos los actos son ilegales a raiz de que el primero lo es, entonces.........
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