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  • Consulta : 141320
  • Autor : kokoduro1
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  • Autor
    Respuesta No: 257609

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Las acciones civiles en materias de adulterio, deben ser denunciadas en los 6 meses posteriores al momento de la separaciòn, si no prescriben.

    Las acciones penales, prescriben al año, si es que en tu estado hay ese delito, ya que en la mayoria d elos estados de la republcia, ya no exite tal.

    Debeia ponerse a pensar en sui mismo y no en los hijos, que ya no tienen una relaciòn directa con el, y haga lo que haga y diga lo que diga, la madre los pondra en su contra.

    Un abogado especialista en derecho familiar, con titulo y cedula profesional y despacho en la zona del conflicto, le sera mas util que esta consulta, porque debe poner los pies en la tierra y reclamar o pelear conforme a derecho y no de oidas.