- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 141299
- Autor : ZETH
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 1438
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5564
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 257419
-
Fecha de respuesta: Jueves 08 de Marzo de 2012 23:44 2012-03-08 23:44 desde IP: 201.137.150.176
sra. permitame decirle que lo que su ex pareja le menciona es una estupides. la obligación de ministrar alimentos subsiste hasta que su hijo tenga 18 años siempre y cuando ya no estudíe, si continua sus estudios hasta que termine su carrera siempre y cuando sea de forma regular, esto es que no se atrase, a demas que no se case o tenga hijos, etc... asi que mandelo directito a la fregada, si ya se discto sentencia y esta quedo firme sobre el pago de la pensión alimenticia vaya directamente a una agencia del ministerio publico e inicie una querella... y claro, porsupuesto que es causal para la perdida de la patria potestad. no se deje....
-
Autor





