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AutorRespuesta No: 257378
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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Marzo de 2012 19:31 2012-03-08 19:31 desde IP: 201.141.44.76
Las prestaciones que usted reclama son de carácter laboral, en consecuencia puede demandar ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje el pago de los salarios devengados y no pagados, terminado el proceso se dicta un laudo y si es condenatorio entonces pordrá solicitar el embargo sobre bienes de la empresa, pero no de una facura sino de una cuenta bancaria o bienes muebles e incluso inmuebles.
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