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  • Consulta : 141226
  • Autor : Lic. Mata
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    Respuesta No: 257309

  • Lic. Mata
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    A).- En el convenio dejaron establecido cual seria el domicilio para cada uno de ustedes dos...

    B).- Con ese Usufructo la niña aun no tiene nada... eso sera en tanto el fallezca... la niña no podra vender aun cuando el se quiera ir a vivir a china...

    C).- El usufructo le da el derecho de usar y gozar de la cosa, incluso puede disponer de ese derecho enajenandolo, arrendandolo y gravandolo..

    D).- El usufructo en ciertos casos es suceptible de revocarse..

    E).- Desde mi particular punto de vista,  usted no puede hacer nada no le puede modificar ni restringir el usufructo..