- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 141157
- Autor : kokoduro1
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 1321
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5562
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 257214
-
Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Marzo de 2012 20:59 2012-03-07 20:59 desde IP: 187.144.164.78
BUENAS NOCHES:
Compañero, te recuerdo que el codigo de procedimientos civiles del estado de mexico, es muy claro al respecto, solo los abogados pùeen litigar, tu no eres abogado, por tanto no puedes litigar, las cedulas de pasante no son autorizadas por la ley en menciòn; acude a la ley de profesiones del estado y busca la salida, si hubiera un appoyo, funda y motiva tu escrito en ese sentido.
Saludos a los Colegas participantesde esta Consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
Kokoduro1 arroba h o t m a i l punto c o m
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
-
Autor





