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AutorRespuesta No: 257295
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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Marzo de 2012 12:02 2012-03-08 12:02 desde IP: 148.235.148.75
La personalidad es la capacidad jurídica para comparecer en el juicio, por lo tanto le aconsejo que utilice los servicios de un abogado en especialidad en materia laboral, para que en su nombre y representación lo defienda en al asunto que nos ocupa, asimismo le hago de su conocimiento que en materia laboral los juicios son orales. Para que su abogado se encuentre en aptitud de contestar la demanda es necesario que se otorgue una Carta Poder para poder acreditar su personalidad. Cabe recalcar que cuenta con un termino fatal para contestar la demanda según la ley laboral.
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