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  • Consulta : 141133
  • Autor : kokoduro1
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    Respuesta No: 257197

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    BUENAS NOCHES:

     1.- No pùee quitarte a tu hijo, esa es una protecciòn para la madre; que puedes pedir el reconocimeinto de la partenidad por medio de prueba de adn, el pago de la pensiòn y la perdida de la patgria potestad por el incumplimiento a los pagos simples de pensiòn alimenticia por mas de 90 dias.

    2.- Por ley y por criterio de la corte de justicia, los menores de 12 años, deben estar con la madre, cuando cujplen 12 años, el padre puee inciiar una junta de menores y pedir que el menor diga con quien quiere vivir, y si señala el menor con su padre, asì sera hasta la mayorria de edad, pro quirtartelo, eso no puede.

    3.- Tu abogado te explica que hacer en la prueba de adn, que corre por tu cuenta en todo momento, y no puedes reemboral sqar ese dinero, los jueces no condenan a ese pago.

    4.- No hay alimentos retroactivos o pasado por el tiempo, todos corren del momento en que se dicte la sentencia ejecutoriada.

    Saludos a los Colegas participantesde esta Consulta.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    ABOGADO

    Kokoduro1   arroba  h o t   m a i l   punto   c o m

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.