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AutorRespuesta No: 257197
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Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Marzo de 2012 17:53 2012-03-07 17:53 desde IP: 187.144.164.78
BUENAS NOCHES:
1.- No pùee quitarte a tu hijo, esa es una protecciòn para la madre; que puedes pedir el reconocimeinto de la partenidad por medio de prueba de adn, el pago de la pensiòn y la perdida de la patgria potestad por el incumplimiento a los pagos simples de pensiòn alimenticia por mas de 90 dias.
2.- Por ley y por criterio de la corte de justicia, los menores de 12 años, deben estar con la madre, cuando cujplen 12 años, el padre puee inciiar una junta de menores y pedir que el menor diga con quien quiere vivir, y si señala el menor con su padre, asì sera hasta la mayorria de edad, pro quirtartelo, eso no puede.
3.- Tu abogado te explica que hacer en la prueba de adn, que corre por tu cuenta en todo momento, y no puedes reemboral sqar ese dinero, los jueces no condenan a ese pago.
4.- No hay alimentos retroactivos o pasado por el tiempo, todos corren del momento en que se dicte la sentencia ejecutoriada.
Saludos a los Colegas participantesde esta Consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
Kokoduro1 arroba h o t m a i l punto c o m
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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