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  • Consulta : 141126
  • Autor : kokoduro1
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  • Autor
    Respuesta No: 257192

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

    BUENAS NOCHES:

     La nulidad de emplazamiento es un incidente de previo y especial pronunciamiento, y se pide en base a que no se cumplio con las obligaciones que el codigo señala para que se realice el emplazamiento, este no puede ser promovido despues de la contestaciòn de la demanda y debe ser reclamado en cualquier momento hasta antes de la sentencia; lo unico que se logra es la nulidad de todo lo acruado y que se vuelva a realizar el acto de emplazamiento.

    Esto solo lo debe hacer un abogado, nunca un lego, ya que puede echar a perder el juicio y perder  de todas todas.

    Saludos a los Colegas participantesde esta Consulta.

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    ABOGADO

    Kokoduro1   arroba  h o t   m a i l   punto   c o m

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.