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AutorRespuesta No: 268132
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Fecha de respuesta: Jueves 24 de Mayo de 2012 20:53 2012-05-24 20:53 desde IP: 201.124.180.239
Hola,
Con gusto le doy el fundamento legal:
3.7.1. Para los efectos de los artículos 21 y 82 de la Ley, las operaciones que se realicen por vía postal, se sujetarán a lo siguiente:
I. Tratándose de la importación de mercancías cuyo valor en aduana por destinatario o consignatario, sea igual o menor al equivalente en moneda nacional o extranjera a 300 dólares y se trate de mercancías que no estén sujetas a regulaciones y restricciones no arancelarias o de bienes de consumo personal usados o nuevos, que de acuerdo a su naturaleza y cantidad no puedan ser objeto de comercialización, las mercancías no estarán sujetas al pago del IGI, del IVA y DTA, ni será necesario la utilización de la “Boleta aduanal” o los servicios de agente o apoderado aduanal.
II. Tratándosede mercancías cuyo valor en aduana no exceda de 1,000 dólares o su equivalente en moneda nacional o extranjera, la importación se podrá realizar utilizando la “Boleta aduanal”, en la que se deberán determinar las contribuciones, aplicando al valor de las mercancías una tasa global del 16% o las señaladas en las fracciones I y II de la regla 3.7.4., según corresponda, utilizando en este caso el código genérico 9901.00.06. Dichas importaciones no estarán sujetas al pago del DTA ni podrán deducirse para efectos fiscales.
Saludos
Miguel Angel Colina
Colinamiguelangel
saludo
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