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  • Consulta : 141022
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 257116

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Depende del Código Procesal del Estado que escribas, pero normalmente empieza a correr a partir del dìa siguiente en que surte efectos.

    Las notificaciones personales surten efecto el mismo dìa en que se notificó, por lo que comienza a correr el jueves 1, viernes 2, lunes 5, martes  6 y miércoles 7.

    Si nos dice en que Estado de la República se tramitó el juicio es más fácil darle la asesoría.

    Suerte!