- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 140516
- Autor : falpuche
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 51
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 69 % -
: 30 %
-
AutorRespuesta No: 256646
-
Fecha de respuesta: Viernes 02 de Marzo de 2012 10:44 2012-03-02 10:44 desde IP: 189.214.2.148
Desde luego que las amerita.
Dependiendo del lugar en que las substancias son abandonadas, el delito puede ser de jusrisdicción federal o local.
La calidad del sujeto activo (quien deposita u ordena depositar, vertir, abandonar, etc.) las substancias contaminantes no incide en la sanción.
Hay que observar que algunos delitos ambientales federales no se persiguen de oficio, solo puede procederse penalmente contra los responsables mediante querella de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), por lo que le recomiendo acudir a interponer una denuncia ciudadana ante dicha dependencia.
Saludos.
-
Autor





