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  • Consulta : 140275
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 256311

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    agrego para ser claro "...el arrendador justifique de manera fehaciente la necesidad de habitarlo o establecer algun negocio propio..."

    Para el caso de que el arrendador tenga intencion de vender el inmueble, si usted como inquilino esta la corriente en el pago de las rentas tiene derecho de tanto, es decir, tiene preferencia a adquirir el inmueble antes que terceras personas.

    Asistase de abogado de su confianza.

    Saludos.