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  • Consulta : 140256
  • Autor : MUÑOZMIRANDA
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  • Autor
    Respuesta No: 256252

  • MUÑOZMIRANDA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    De entrada el padre biológico tendría q iniciar un juicio de paternidad, para q con base en una prueba de ADN se determine q si es su hijo y se haga la filiacion llevando sus apellidos, q claro por ser menor deberá contar con el consentimiento de la madre. Mientras el menor hijo no tenga los apellidos de el padre, este último no tiene alguna acción judicial q pueda realizar.

    Por otro lado al momento en que Usted realizó el reconocimieto del menor le otorgó derechos q no puede de manera potestativa  retirar, es decir no tan fácil va aquitarle el apellido de usted, y en ese sentido Usted tiene derechos de patria potestad sobre el menor.

    Saludos.