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  • Consulta : 140200
  • Autor : LicVelazquez
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  • Autor
    Respuesta No: 256214

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimado abogado:

    NO, no es válido pues resulta obvio que el inmueble embargado ya no pertenecía al demandado en el juicio. La inscripción de la escritura de compraventa se retrotrae a la fecha del aviso preventivo del Notario.

    Recuerde por otra parte, que el Registro no tiene efectos constitutivos de derechos y que, el nuevo propietario adquirió el dominio no por efecto del aviso preventivo, de la anotación marginal o de la inscripción definitiva, sino a virtud del contrato de compraventa consensuado y  formalizado en la escritura notarial.

    Saludos.