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  • Consulta : 139817
  • Autor : Mario Alberto TJ
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  • Autor
    Respuesta No: 255853

  • Mario Alberto TJ
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola buenas noches.

    Los cambios de nombre están perfectamente permitidos por la ley. Sin embargo cambiar los apellidos ya establecidos por los progenitores que reconocieron al hijo, es algo que hasta donde tengo conocimiento no se puede hacer. Lo anterior debido a que los apellidos nos vinculan con un mismo grupo de parientes consanguineos y cambiarlos a voluntad crearía cierta incertidumbre jurídica en cuanto a la identidad de esa persona y su legitimación con ciertos derechos vinculados a su progenitor. La ley especifica que el hijo "llevará los apellidos de quien o quienes lo hayan reconocido" y más adelante en el apartado que habla de la paternidad y filiación dice que el reconocimiento de la paternidad no puede ser rechazada por quien lo hizo. Ese orden de ideas nos lleva a concluir que si la ley ordena que los unicos apellidos que puede llevar un hijo son los de las personas que lo reconocieron como tal y que estos no pueden rehusar ese reconocimiento que han hecho, entonces ya que ese reconocimiento resulta inamovible, los apellidos corren con la misma suerte.

    Ojalá podamos leer la respuesta de alguien más para ver si tiene alguna opinión diferente. Buen día

     

    Mario Alberto Torres

    Universidad Veracruzana