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  • Consulta : 139713
  • Autor : falpuche
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  • Autor
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  • falpuche
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    La jurisdicción en materia de delitos contra la salud es concurrente a partir del 21 de agosto de 2009, atento a la entrada en vigor del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales,  publicado en DOF de 20 de agosto de 2009.

    El numeral 13 reformado de la Ley General de Salud quedó como sigue: 

     

    Artículo 13.- ...

    A. ...

    B. ...

    C. Corresponde a la Federación y a las entidades federativas la prevención del consumo de narcóticos, atención a las adicciones y persecución de los delitos contra la salud, en los términos del artículo 474 de esta Ley.