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Fecha de respuesta: Miércoles 29 de Febrero de 2012 11:40 2012-02-29 11:40 desde IP: 189.214.2.148
La jurisdicción en materia de delitos contra la salud es concurrente a partir del 21 de agosto de 2009, atento a la entrada en vigor del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal y del Código Federal de Procedimientos Penales, publicado en DOF de 20 de agosto de 2009.
El numeral 13 reformado de la Ley General de Salud quedó como sigue:
Artículo 13.- ...
A. ...
B. ...
C. Corresponde a la Federación y a las entidades federativas la prevención del consumo de narcóticos, atención a las adicciones y persecución de los delitos contra la salud, en los términos del artículo 474 de esta Ley.
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