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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Febrero de 2012 18:19 2012-02-23 18:19 desde IP: 189.231.95.48
Ok, mira por principio de cuentas te informaré que te están mintiendo, ya que el fraude es un delito y es de carácter penal, pero por ejemplo una deuda como la tuya es de carácter civil y por lo tanto en el supuesto caso de que quisieran demandarte tendría que ser por la vía ejecutiva mercantil que se tramita en un juzgado de lo civil.
Bien está establecido en el Art. 17 de nuestra Constitución que las deudas de carácter civil no constituyen prisión.
Es decir que el fraude aqui NO aplica, aqui lo que está pasando es que estos despachos de cobranza o por parte de los bancos tienden a asustar a los clientes que les deben diciéndoles que irán a prisión pero es absolutamente falso, te repito podrían demandarte pero un embargo si es que tienen los documentos con qué hacerlo, pero no creo que lo hagan, porque quizás no los tienen; pero si tú dices que llegaste a un arreglo puedes ampararte con ello y pues no permitas que te estén coaccionando, en todo caso si te siguen hostigando tú si puedes poner una denuncia penal en contra de ellos por hostigamiento, o por amenazas.
No te preocupes, así tienden a amenazar pero generalmente no demandan.
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