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  • Consulta : 139619
  • Autor : albertoayala
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  • Autor
    Respuesta No: 255648

  • albertoayala
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No le corresponde nada, ya que no se encuentra en el supuesto del articulo 162 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que al haberse cubierto las demas prestaciones que por ley le correspondian, solo le  queda que le den las gracias.

    Atte: Lic. Alberto Ayala