Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 139534
  • Autor : garovalo
  • Consultas en Foro: 34
  • Respuestas en Foro: 23202
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 76 %
  • : 23 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 255542

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el puede ir cuando quiera al domicilio... estes o no estes... ya que estan casados y ambos pagan el domicilio....

    mientras este dando... no puedes iniciar acciòn penal  por la falta de ese pago...

    tu no lo puedes correr.... y si no quiere verte ...nada lo obliga...