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AutorRespuesta No: 255731
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Fecha de respuesta: Jueves 23 de Febrero de 2012 20:56 2012-02-23 20:56 desde IP: 189.181.139.175
Señor lo procedente en su caso es que promueva la terceria excluyente de dominio que le corresponde por ser copropietario de la casa por la sociedad conyugal que tiene con su esposa y asi salvaria la parte que le corresponde de su patrimonio. Es falso que usted no pueda promover la terceria por las razones que le exponen los otros foristas, mientras no este definitivamente adjudicado el inmueble, usted puede interponer la terceria. Atte. Lic. J. L. Camacho.
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