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  • Consulta : 139349
  • Autor : CyC Abogados
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  • Autor
    Respuesta No: 255325

  • CyC Abogados
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Uds no pueden demandar ninguna indemnización ya que no tienen ningun derecho sobre el inmueble, es decir si el "legitimo" dueño o albacea le solicita la desocupacion, esta tendra que se por medio de un funcionario judicial, (actuario, notificador, ejecutor) no por ellos mismos y el resultado final sera que uds tengan que desocupar.

    Si la vivienda esta intestada el albacea tiene las facultades del "dueño" y por tanto puede demandar la desocupación, al no haber contrato o este se haya vencido hace tanto tiempo, ocasiona que ha operado la "tacita reconduccion", esto es, que se ha renovado en automatico el contrato de manera indefinida, pero esto no les da derecho alguno sobre la propiedad, ya que basta que la persona que este legitimada pueda iniciar accion legal para desalojarlos.

    Es recomendable que se asistan personalmente de licenciado en derecho para que en caso de que lo requieran establezcan una defensa adecuada, ya que puede darse el caso de que algun vival se pretenda hacer de la casa sin tener derecho a ella y pretendan ilegalmente desalojarlos.

    Acudan a la defensoria de oficio y planteen su asunto a fin de que encuentre una solucion a su caso concreto.

    Salvo la mejor opinion de los excelsos abogados que en este foro aportan.

    Saludos cordiales.