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AutorRespuesta No: 255072
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Fecha de respuesta: Viernes 17 de Febrero de 2012 19:53 2012-02-17 19:53 desde IP: 187.135.102.74
Acude con un abogado el te dira la estrategia a seguir.. si puedes realizar el cobro por la via ordinaria siempre y cuando compruebes con testigos y otras acciones y diligencias en los medios preparatorios que le prestaste cierta cantidad.
w w w . juridicovaldes . c o m . m x
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