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AutorRespuesta No: 255050
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Fecha de respuesta: Viernes 17 de Febrero de 2012 18:48 2012-02-17 18:48 desde IP: 189.252.64.202
No se requiere el protesto para ejercer accion cambiaria directa, ta como es su caso.
mientras usted ejerza la accion en contra quien suscribio el pagare es accion cambiaria directa
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