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AutorRespuesta No: 254983
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Fecha de respuesta: Jueves 16 de Febrero de 2012 23:08 2012-02-16 23:08 desde IP: 201.141.40.204
Efectivamente puede promover Recurso de Revisión, pero como es ante la misma autoridad, practicamente pérdida de tiempo. Una vez que le notifiquen la resolución, puede Usted promover Juicio de Nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, que sí es una autoridad de verdad e imparcial.
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