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  • Consulta : 138922
  • Autor : Rosen
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  • Rosen
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    (Resumen de Actividades)

     

    Mi estimada consultante Tierna102

    Mire, dado a que el cambio de domicilio solo puede ser otorgada por un Juez, y toda vez que el cambio unilateral de domicilio vulnera los derechos del otro progenitor y de los propios menores en orden al interés superior y primordial de sus hijos y al mantenimiento de una relación fluida y frecuente con aquel otro progenitor, y tales contactos son un factor de decisiva importancia para el desarrollo emocional de los menores, yo la vedad verdad sea dicha, dudo mucho que lo que piensa hacer, tenga valor jurídico. La anterior opinión es desconociendo la relacion que existe al efecto entre los involucardos. 

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE