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Fecha de respuesta: Miércoles 15 de Febrero de 2012 17:51 2012-02-15 17:51 desde IP: 189.146.108.176
Si no tiene todo en regla actualmente, pueden clausurarle el negocio, independientemente del procedimiento que esté tramitando ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, pues supongo que el juicio de nulidad sólo es contra la multa, pero ello no lo exime de cumplir con las obligaciones necesarias para operar el establecimiento mercantil.
Incluso si no ha pagado la multa o garantizado el interés fiscal ante el Contencioso, si solicitó la suspensión del acto, ésta dejará de surtir efectos y pueden requerirle el pago de la multa y si no la cubre, pueden embargarle bienes para garantizar el adeudo...
Yo le sugiero platique bien con su abogado y que éste le informe lo procedente, pero tenga todo en orden, porque no deben de tardar en hacerle otra visita....
Suerte!
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