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AutorRespuesta No: 254918
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Fecha de respuesta: Jueves 16 de Febrero de 2012 09:15 2012-02-16 09:15 desde IP: 189.132.54.250
en efecto, como lo dice el C.rogeliotente, el acto no constituye un delito, si no una falta administrativa y por tal motivo, no amerita antecedentes penal, puedes acudir al Tribunal de Justicia de Estado a solicitar una Constancia de Antecedentes No Penales, para estar mas seguro, o en caso de que exista homonimia, (duplicidad de nombre) ya estarás del conocimiento.
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