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  • Consulta : 138469
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 254443

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    suerte iliana... suerte...

    como ya comente.... si depende de una ley administrativa y no del codigo civil... no esta en el mercado y no se puede heredar... es por beneficiario... como los ejidos... lista de sucesores...