- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 138469
- Autor : ilianave
- Consultas en Foro: 10
- Respuestas en Foro: 3075
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 254439
-
Fecha de respuesta: Domingo 12 de Febrero de 2012 21:58 2012-02-12 21:58 desde IP: 189.230.179.138
No Lic. Gaytán no es fuera de derecho.
Consulte la Ley de Transporte del Distrito Federal y ahí se establece el procedimiento en caso de fallecimiento del titular de la concesión.
Incluso tienen que señalar beneficiario y a éste es a quien se le transmite la concesión, previos requisitos, como son: que esté totalmente cubierto el pago de la concesión y al corriente con las revistas y demás.
Saludos.
-
Autor





