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  • Consulta : 138468
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 254423

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si tu padre se lo dio a tu hermano... no hay nada que hacer... es de tu hermano... y se rige bajo el pricnipio... el que construyen en ajeno... pierde lo propio (la construcciòn)... y lo ajeno (el terreno)...

    no lo pueden obligar de forma alguna... y ningun escrito vale... y no hay prescripciòn entre parientes...