Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 138342
  • Autor : abogado potosino
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 80
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 254219

  • abogado potosino
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Prescripción es un medio de adquirir bienes o de librarse de obligaciones, mediante el transcurso de cierto tiempo y bajo las condiciones establecidas por la Ley.
    La adquisición de bienes en virtud de la posesión, se llama prescripción positiva; luego entonces lo accion correcta es mediante la Prescripcion Positiva a traves de Juicio Ordinario Civil y no a traves de diligencias de jurisdiccion voluntaria ni mucho menos por prescripcion negativa, en todo caso debes promover diligencias de informacion ad perpetuam para comprobar la posesion ofreciendo prueba testimonial.