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Fecha de respuesta: Sábado 11 de Febrero de 2012 13:27 2012-02-11 13:27 desde IP: 187.194.171.179
tu primera demanda de amparo.... esta sujeta a un ACTO RECLAMADO... en el mismo exteriorizaste... cual era la violaciòn procesal por la cual no se te concedio tu accion... este debio ser lo mas completo posible... al efecto de que se te concediera tu demanda original...
al dictarse la resoluciòn y concediendose el amapro y protecciòn de la justcia federal... solo se concede lo que tui pediste en el acto reclamado y nada mas....
si al dictar el laudo... crees que se esta violentando tu derecho ... y esto es cierto y no fantasias tuyas... pudiste hacer el segundo juicio de amparo... pero si el caso es que neceas sobre un derecho que no tienes... que no probaste y que no pediste desde el principio... NO SE TE VA A CONCEDER EN ESTE...
desde luego que no debiste presentar un juicio de amapro... sino una queja en contra del dictado... toda vez que no se apega a la resolucion del amparo concedido y a las circunstancias del acto reclamado...
por ello ...lo mas seguro... es que no se conceda....
ya estas neceando y lo puedes perder todo...
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