- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 138328
- Autor : ABOMAU68
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 2423
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6727
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 254179
-
Fecha de respuesta: Viernes 10 de Febrero de 2012 18:49 2012-02-10 18:49 desde IP: 189.216.46.74
drtamayo30
Debe asistirse de abogado de su confianza para proceder iniciar el juicio sucesorio, del cual en la secuela procesal el Juez rodenara se giren oficios al Archivo General de Notarias de su Estado a fin de que se sirva informar al Juez sobre la existencia o inexistencia de Testamento. De existir el Testamento el Archivo General de Notarias expedira a costa suya copia certificada del mismo para que quienes hayan sido designados herederos acepten la herencia y la persona designada como Albacea proteste y acepte el cargo.
Saludos.
-
Autor





