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  • Consulta : 138328
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 254179

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    drtamayo30

    Debe asistirse de abogado de su confianza para proceder iniciar el juicio sucesorio, del cual en la secuela procesal el Juez rodenara se giren oficios al Archivo General de Notarias de su Estado a fin de que se sirva informar al Juez sobre la existencia o inexistencia de Testamento. De existir el Testamento el Archivo General de Notarias expedira a costa suya copia certificada del mismo para que quienes hayan sido designados herederos acepten la herencia y la persona designada como Albacea proteste y acepte el cargo.

    Saludos.