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Fecha de respuesta: Viernes 10 de Febrero de 2012 19:04 2012-02-10 19:04 desde IP: 187.194.171.179
Lo que debe hacer es leer el codigo civil de su estado, en el rubro de alimentos:
EL QUE DA, TIENE DERECHO A RECIBIR,
es el principio de reciprocidad, aqui no hay venganzas, aun cuando algunos tardado lo puedieran apensar asì, el padre esta obligado a dar alimentos a su hijo hasta los 25 años o antes, si el hijo deja de estuidiar, se casa, se muere o termina los estudios de licenciatura.
Claro que puede demandar alimentos, pero si el hijo demuestra que tiene bienes, que tiene rentas, que tiene ingreso, hasta lo pued emeter a la carcel.
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