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Fecha de respuesta: Viernes 10 de Febrero de 2012 00:02 2012-02-10 00:02 desde IP: 208.71.117.153
Como me cae mal que los que disque abogaduchos de este foro en lugar de ayudar a los consultantes nada más se promuevan en este espacio para tener chamba. (Al que le quede el saco, que se lo ponga. Recurro a mi derecho de expresión).
Cuando el juez te está diciendo que cuantifiques ser refiere al dinero que has dejado de percibir desde el mes de noviembre del 2011, es decir, si te daba por ejemplo 2,000 pesos quincenales por concepto de pensión alimentaria tienes que contar por el mes de diciembre dos quincenas: 4,000, más enero dos quincenas: 4,000 pesos y finalmente febrero dos quincenas 4,000 pesos porque se cubren por adelantado. Por lo anterior, conforme al ejemplo, el señor debe a sus menores de edad 12,000 pesos.
Cuando el juez te dice que lo hagas en forma legal, se está refiriendo a un documento firmado por ti donde expreses el incumplimiento de pensión de aquel anexando las cantidades que el menor no ha recibido y que tienes que presentar ante el juez de tu instancia y sino te resuelven nada ve ante el Agente del Ministerio Público.
Yo no soy abogada, pero ando investigando cómo hacer justicia a mis menores hijos y te recomiendo que veas este video que encontraras en y.ou.tube bajo el rubro El derecho Penal y la Pensión Alimenticia. Te garantizo que saldrás de cualquier duda.
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