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  • Consulta : 138059
  • Autor : Rosen
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  • Autor
    Respuesta No: 253861

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mi estimado (a) consultante

    Mire, en el entendido de que cada caso resulta muy diferente, viendo su asunto tal y como lo plantea, sobre todo respecto del error que cita (CONOZCO MUCHA CASOS SIMILARES, Y NINGUNO CON UNA RESOLUCIÓN FAVORABLE),  yo la verdad sea dicha, dudo mucho que ya se pueda hacer algo al respecto, siendo que el recurso de reclamación además de que se tiene que presentar dentro del término de 3 días siguientes en que surta efectos la notificación de la resolución (acuerdo impugnado), existe el problema de que el órgano que conozca el fondo del asunto, el cual resolverá dentro de los quince días siguientes a la interposición del mismo, al resolver, discrecionalmente decide si se sanciona o no la interposición del recurso de reclamación y se impondrá al recurrente o a su representante o a su abogado o a ambos, una multa de 10 a 120 días de salario.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE