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AutorRespuesta No: 253817
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Fecha de respuesta: Miércoles 08 de Febrero de 2012 00:45 2012-02-08 00:45 desde IP: 187.204.20.104
Que tal!
El Pagaré que redactaste no cumple con todos los requisitos que establece la ley para ser "pagaré" por lo que no será admitido en la Vía Mercantil Ejecutiva, por lo que no podran embargarte bienes de tu propiedad al momento de emplazarte (notificarte de la eventual demanda), por lo que tu acreedor solo tiene un reconocimiento de deuda tuya que podrá ejercitar en la Vía Ordinaria, así que podras defenderte en juicio sin que hayas sufrido un secuestro de bienes. La garantia no quedo formalmente constituida toda vez que no se especifico modelo, serie, tipo, etc; de cada objeto. Saludos!
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