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AutorRespuesta No: 256634
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Fecha de respuesta: Viernes 02 de Marzo de 2012 08:47 2012-03-02 08:47 desde IP: 189.228.180.85
Si el terreno tiene asiento registral, es decir, está inscrito ante el Registro Público de la Propiedad, no existe obligación de inscribir la construcción, solo en paises como Japón se inscribe terreno y construcción por separado, en relación al pago del predial dicha situación deberá regularizarla ante Tesorería quien le solicitará para tal efecto un avalúo del inmueble y de ahí actualizar el valor catastral.
Saludos.
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