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Fecha de respuesta: Jueves 02 de Febrero de 2012 20:35 2012-02-02 20:35 desde IP: 187.195.44.25
Si el inmueble está a tu nombre, es de tu propiedad y te casaste bajo el régimen de separación de bienes, nadie puede obligarte a donarlo, cederlo, ni enajenarlo sin tu voluntad.
Pero ello no implica que tu esposo no pueda reclamar la compensación sobre los bienes que se adquirieron durante el tiempo que duró el matrimonio, que tenga una sentencia a su favor, es otra cosa...
Pregunta todas esas dudas a tu abogado, para eso le pagas...
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