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  • Consulta : 137298
  • Autor : Pertiz
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  • Pertiz
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Claro que lo pueden demandar, pues el hecho de que no tenga trabajo no lo exime del cumplimiento de sus obligaciones alimentarias, lo que desafortunadamente para ud. constituye un delito. Le recomendaria que comienze a depositar alguna cantidad de acuerdo a sus posibilidades, a traves del juzgado civil para sus acreedores alimentarios, de esta forma estaría evitando que su esposa demuestre que no le da pensión y por ende lo meta a la carcel. Si lo hace así, unicamente sería posible que le instruyan una demanda civil, pero no en materia penal. Espero haberle sido de utilidad