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Fecha de respuesta: Lunes 06 de Febrero de 2012 14:12 2012-02-06 14:12 desde IP: 187.152.169.226
Estimada forista:
En respueta a su consulta le comento que la regla general para demandar este tipo de asuntos es de dos años despues de producido el daño, pero usted se encuentra en la causa de excepcion a la regla, ya que el daño no ha desaparecido, sino al contrario es de por vida, por lo que no opera la prescripcion en su contra, por tal motivo usted puede ejercitar la accion correspondiente en contra de dicho medico por ocasionar un daño inhecesario en su persona, le dejo mis datos y podemos concertar una cita para poder explicarle mas a fondo que tendria que hacer y cuales seria los objetivos y resultados de una posible demanda ok.
oficina: 21 58 50 39
cel: 044 55 34 34 71 08
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