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  • Consulta : 137227
  • Autor : Lic Trejo
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  • Autor
    Respuesta No: 253679

  • Lic Trejo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimada forista:

    En respueta a su consulta le comento  que la regla general para demandar este tipo de asuntos es de dos años despues de producido el daño, pero usted se encuentra en la causa de excepcion a la regla, ya que el daño no ha desaparecido, sino al contrario es de por vida, por lo que no opera la prescripcion en su contra, por tal motivo usted puede ejercitar la accion correspondiente en contra de dicho medico por ocasionar un daño inhecesario en su persona, le dejo mis datos y podemos concertar una cita para poder explicarle mas a fondo que tendria que hacer y cuales seria los objetivos y resultados de una posible demanda ok.

     

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