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  • Consulta : 136772
  • Autor : law and rp
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  • Autor
    Respuesta No: 252584

  • law and rp
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    No debe instalar candados ni romper los que tiene el local porque de otra manera caería en el tipo penal del delito de DESPOJO, al carecer de la posesión del inmueble en cuestión, mi pregunta sería ¿ firmó el contrato como garante algún fiador? si es así saliéndose sus inquilinos sin avisarle puede demandar de los mismos, si tiene su domicilio particular, la desocupación y entrega del local y el pago de rentas no cubiertas así también del fiador el pago de las pensiones rentísticas, considero es lo único que puede realizar, de otra forma tendría un grave problema.

     

    Saludos consulte siempre a su abogado de confianza.