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  • Consulta : 136516
  • Autor : law and rp
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  • Autor
    Respuesta No: 252393

  • law and rp
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Claro que puede efectuarse la operación de compra-venta y quien le vende si aparece inscrito anteel Registro Público de la Propiedad como el comprador del inmueble es el propietario y no "propietario" como lo menciona. Para asegurarse de tal situación al momento de efectuarse la protocolización del acto de compra-venta ante Notario Público, escrituración, de manera conjunta se realiza la cancelación del gravamen, hipoteca, sin embargo antes de efectuar la operación protocolaria se sugiere realizar un contrato de compra-venta privado estableciéndose las condiciones de la misma como lo sería el pago de la totalidad del precio ante la cancelación de gravamen, escrituación y firma en su favor. Consulte a su Abogado de confianza.