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  • Consulta : 136484
  • Autor : law and rp
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  • Autor
    Respuesta No: 252349

  • law and rp
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Tanto como correr riesgo no, ya que Usted debe conservar consigo los recibos del pago de la hipoteca, lo que se le sugiere, como los foristas que me anteceden se lo han manifestado, que sea a través de un Notario Público que cancele la inscripción que grava su inmueble, hipoteca, para ello deberá requerir a la Hipotecaria la carta de cancelación y la ratificación y firma de la misma ante el Fedatario Público. Saludos.