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AutorRespuesta No: 252248
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Fecha de respuesta: Lunes 23 de Enero de 2012 23:30 2012-01-23 23:30 desde IP: 201.141.52.198
Si firmó sin verificar que se escribiera un endoso en procuración y por el contrario redactaron un endoso en propiedad, Usted ya no puede hacer nada toda vez que el documento nació a la circulación, por el contrario será el sus.cripctor y demandado quién pordrá hacer valer acciones penales en su contra y en contra de la endosataria en propiedad si acredita que pagó el documento base de la acción, y que el endoso en propiedad sólo fue con el objeto de que no puediera oponer excepciones personales.
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