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AutorRespuesta No: 252023
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Fecha de respuesta: Sábado 21 de Enero de 2012 13:08 2012-01-21 13:08 desde IP: 189.152.59.251Declaración anual de sueldos y salarios
Los empleados o asalariados deben presentar declaración anual de "//sat.gob/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/act_asalariados/62_1760.html">ingresos durante abril del año siguiente en los siguientes casos:
- Cuando hayan obtenido ingresos superiores a los $400,000.00
- Cuando comuniquen por escrito al patrón que usted presentará declaración anual.
- Cuando hayan dejado de prestar servicios al retenedor antes del 31 de diciembre del año de que se trate.
- Cuando obtengan "//sat.gob/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/act_asalariados/62_1237.html">ingresos acumulables distintos de los salarios.
- Cuando hayan obtenido ingresos de dos o más patrones de manera simultánea.
- Cuando obtengan ingresos por salarios de personas no obligadas a retener impuestos, como en el caso de los empleados de embajadas y organismos internacionales, en este caso también deben presentar pagos provisionales, para saber cómo se elaboran dé clic "//sat.gob/sitio_internet/princ_fisc_p/131_8354.html">aquí.
- si, si tiene que hacer declaración anual , no interesa que no sobrepase los 400,000.00 anuales.
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