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AutorRespuesta No: 251880
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Fecha de respuesta: Jueves 19 de Enero de 2012 19:30 2012-01-19 19:30 desde IP: 201.141.9.180
Sí puede, toda vez que el efecto de la caducidad es volver las cosas al estado en que se encontraban antes de la demanda, claro está que ahora si lo vuelven a demandar y ya transcurrieron tres años desde la fecha de vencimiento del pagaré, puede oponer la excepción de prescripción al momento del exequendo y al contestar la demanda.
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