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  • Consulta : 135944
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 251880

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Sí puede, toda vez que el efecto de la caducidad es volver las cosas al estado en que se encontraban antes de la demanda, claro está que ahora si lo vuelven a demandar y ya transcurrieron tres años desde la fecha de vencimiento del pagaré,  puede oponer la excepción de prescripción al momento del exequendo y al contestar la demanda.