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Fecha de respuesta: Domingo 15 de Enero de 2012 11:03 2012-01-15 11:03 desde IP: 187.149.200.111
La única forma de que viva con usted, siendo menor de edad es contrayendo matrimonio con ella, pero para eso se requiere el consentimiento de alguno de los que ejerzan sobre la menor la patria potestad, Y en caso de negativa de éstos, se puede solictar al juez de primera instancia de lo familiar la suplencia del consentimiento.
Por otra parte, la conducta por usted desplegada en relación a la menor, es constitutiva de delito, según lo establece el CÓDIGO PENAL DEL ESTADO DE MÉXICO:
"...ESTUPRO
Artículo 271.- Al que tenga cópula con una mujer mayor de catorce años y menor de dieciocho casta y honesta obteniendo su consentimiento por medio de seducción, se le impondrán de seis meses a cuatro años de prisión y de treinta a cien días multa.
Artículo 272.- No se procederá contra el inculpado del estupro, si no es por querella de la mujer ofendida, de sus padres o, a falta de éstos, de sus representantes legítimos; pero cuando el inculpado se case con la mujer ofendida, se extinguirá la acción penal y la pena en su caso..."
Por lo que la solución a ambos problemas es el matrimonio.
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